PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA:
VERIFIQUE EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL.
•En el puesto de información de cualquiera de las Sedes de la Cámara de Comercio, puede solicitar un volante para la consulta de nombres.
•Diligencie el formulario con los nombres que desea consultar y la actividad a la que se va a dedicar.
•Cancele el valor de la consulta la cual cuesta $1.500.
•Presente el formulario diligenciado en las ventanillas de Cámara de Comercio y el empleado le indicará cuando reclamarlo, con el fin de saber si puede usar dicho nombre o no debido a que ya existe o hay alguno similar.
Una vez aprobado el nombre pase a hacer lo siguiente:
ELABORE LA MINUTA CON EL SIGUIENTE CONTENIDO BÁSICO:
•Los datos de los socios constituyentes: nombres completos, cédulas, nacionalidad, estado civil y domicilio.
•La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma.
•El domicilio de la sociedad y de las sucursales que se establezcan.
•El negocio de la sociedad (objeto social), enunciando en forma clara y completa las actividades principales.
•El capital social pagado por cada socio. Si es una sociedad por acciones se deberá expresar el capital suscrito y pagado, la forma como se cancelarán las cuotas y el valor nominal de las acciones representativas del capital. (ver paso uno).
•Se debe expresar como se administrará la sociedad, las facultades de los administradores, las asambleas y juntas de los socios, según lo establecido legalmente para cada tipo de sociedad (para mayor información vea el código de comercio).
•Los días y la forma de convocar y constituir la asamblea o junta de socios ya sea de manera ordinaria o extraordinaria, y la forma como se decidirá en un determinado asunto.
•Las fechas en que se deben hacer los balances generales y como se distribuirán las utilidades, así como también la reserva legal.
•La duración de la empresa y sus causales para disolverla, y la forma de liquidarla.
•Establecer el representante legal de la sociedad con su domicilio, sus facultades y obligaciones.
Modelo de minuta de una sociedad limitada:
En la ciudad de Medellín, departamento de Antioquia, República de Colombia, a primero de julio de mil novecientos noventa y ocho, el señor Juan Martínez Robledo y Oscar Rueda Osorio, mayores de edad, con domicilio en Medellín, identificados con las cédulas de ciudadanía números ........................................, obrando en nombre propio, manifestaron que constituirán una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regirá por las normas establecidas en el código de comercio y en especial por los siguientes estatutos:
Artículo 1: Nombre o razón social: la sociedad se denominará "XY Limitada".
Artículo 2: Domicilio: el domicilio principal será en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, sin embargo la sociedad puede establecer sucursales, en otras ciudades del país como en el exterior.
Artículo 3: Objeto social: la compañía tiene por objeto social: diseño, producción y comercialización de productos y servicios de publicidad gráfica y compra y venta de materias primas. En el desarrollo y cumplimiento de tal objeto puede hacer en su propio nombre o por cuenta de terceros o con participación de ellos, toda clase de operaciones comercial, sobre bienes muebles o inmuebles y construir cualquier clase de gravamen, celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, efectuar operaciones de préstamos, cambio, descuento, cuentas corrientes, dar o recibir garantías y endosar, adquirir y negociar títulos valores.
Artículo 4: Duración de la sociedad: se fija en 10 años, contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura. La junta de socios podrá mediante reforma, prolongar dicho término o disolver extraordinariamente la sociedad, antes de que dicho término expire.
Artículo 5: el capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.
Artículo 6: cuotas: El capital social se divide en diez cuotas o acciones de un valor nominal de un millón de pesos, capital y cuotas que se encuentran pagadas en su totalidad de la siguiente forma: El socio Juan Martínez Robledo, suscribe el ochenta por ciento en ocho cuotas de valor nominal y paga en efectivo el valor de $8.000.000. El socio Oscar Rueda Osorio suscribe el veinte por ciento y paga en efectivo el valor de $2.000.000. así los aportes han sido pagados íntegramente a la sociedad.
Artículo 7: Responsabilidades: la responsabilidad de cada uno de los socios se limita al monto de sus aportes.
Artículo 8: Aumento del capital: el capital de los socios puede ser aumentando por nuevos aportes de los socios, por la admisión de nuevos socios o por la acumulación que se hicieron de utilidades por determinación de común acuerdo de los socios.
Artículo 9: Cesión de cuotas: las cuotas correspondientes al interés social de cada uno de los socios no están representadas por títulos, ni son negociables en el mercado, pero sí pueden cederse. La cesión implicará una reforma estatutaria y la correspondiente escritura será otorgada por el representante legal, el cedente y el cesionario.
Artículo 10: Administración: la administración de la sociedad corresponde por derecho a los socios, pero estos convienen en delegarla en un gerente, con facultades para representar la sociedad. Esta delegación no impide que la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social se someta al gerente, cuando los estatutos así lo exijan, según la voluntad de los socios.
Requiere para su validez el consentimiento de todos los socios, la ejecución o ejercicio de los siguientes actos o funciones: 1. Disponer de una parte de las utilidades líquidas con destino a ensanchamiento de la empresa o de cualquier otro objeto distinto de la distribución de utilidades.
Artículo 11: Reuniones: la junta de socios se reunirá ordinariamente una vez por año, el primer día de Marzo a las 10:00 de la mañana en las oficinas del domicilio de la compañía.
Artículo 12: Votos: en todas las reuniones de la junta de socios, cada socio tendrá tantos votos como cuotas tenga en la compañía. Las decisiones se tomaran por número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halla dividido el capital de la sociedad, salvo que de acuerdo con estos estatutos se requiera unanimidad.
Artículo 13: La sociedad tendrá un gerente y un subgerente que lo reemplazará en sus faltas absolutas o temporales. Ambos elegidos por la junta de socios para períodos de un año, pero podrán ser reelegidos indefinidamente y removidos a voluntad de los socios en cualquier tiempo. Le corresponde al gerente en forma especial la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social con las limitaciones contempladas en estos estatutos. En particular tendrá las siguientes funciones (enumere todas aquellas que considere pertinente)..............
Artículo 14: Inventarios y Balances: mensualmente se hará un Balance de prueba de la sociedad. Cada año a 31 de Diciembre se cortarán las cuentas, se hará un inventario y se formará el Balance de la junta de socios.
Artículo 15: Reserva Legal: aprobado el Balance y demás documentos, de las utilidades líquidas que resulten, se destinará un 10% de reserva legal...........
Articulo 16: La sociedad se disolverá por: 1. La expedición del plazo señalado para su duración. 2. La pérdida de un 50% del capital aportado. 3. Por acuerdo unánime de los socios. 4. Cuando el número de socios exceda de veinticinco. 5. Por demás causales señaladas en la ley.
Artículo 17: Liquidación: disuelta la sociedad se procederá a su liquidación por el gerente salvo que la junta de socios resuelva designar uno o más liquidadores con sus respectivos suplentes, cuyos nombramientos deberán registrarse en la Cámara de Comercio del domicilio de la ciudad.
De esta manera se debe detallar toda la información referente a la sociedad con da uno de los aspectos mencionados en el contenido básico.
Nota:
Los artículos de los estatutos, deben ser normas de carácter permanente y general, deben constituir reglas estables que No requieran de ajustes.
En cuanto al diseño de los estatutos puede redactarse todos los artículos que le convengan a la organización, pero teniendo presente no establecer artículos para los estatutos que se conviertan en un limitante para el desarrollo de la empresa en lo relativo a operaciones comerciales o administrativas.
IR A LA NOTARÍA:
Para nuestro ejemplo el valor que se debe pagar en la Notaría para un capital de $10.000.000, es de $115.000, allí procederán a hacerle lo siguiente:
•Le transcribirán su minuta conformando así la Escritura Pública, firmada por el notario con los sellos respectivos y adicionalmente por los socios con la cédula y sus huellas.
REALIZAR EL PAGO DEL IMPUESTO DE REGISTRO SOBRE LA ESCRITURA:
Realizar el pago del impuesto de registro sobre la escritura de constitución en la oficina de Rentas Departamentales, edificio Antioquia en la avenida Primero de Mayo con Palacé en Medellín o en los estancos oficiales.
ADQUIRIR EL FORMULARIO DE MATRÌCULA MERCANTIL:
Adquirir en la Cámara de Comercio el formulario de Matrícula Mercantil "Sociedades Comerciales", el cual tiene un costo de $2.000, posteriormente debe presentar en la ventanilla de la Cámara de Comercio lo siguiente:
•El formulario de matrícula mercantil diligenciando, junto con el volante de "consulta de nombres" aprobado.
•Dos copias autenticadas de la escritura pública de constitución de la sociedad, en la que debe aparecer el nombramiento del representante legal. En el caso de ser empresa unipersonal, el documento privado sino se constituyó por escritura pública.
•Recibo de pago del impuesto de Registro expedido por Rentas Departamentales.
•Carta de cada una de las personas nombradas, como: representantes legales, junta directiva y revisor fiscal cuando sea el caso.
•Documento de identificación del representante legal.
•Permiso de funcionamiento de la sociedad, en caso de hallarse sujeta a vigilancia estatal.
•En caso de aporte de inmuebles al capital social, acreditar el pago del impuesto de anotación y registro (boleta de rentas).
•Solicitar en la taquilla de la Cámara de Comercio el valor de la liquidación de los derechos de matrícula.
•Cancelar los derechos de matrícula. Al momento del pago le entregarán un recibo con el cual podrá reclamar el certificado de su matrícula, así como las copias de los formularios, las escrituras y las cartas de aceptación. Según nuestro ejemplo para un capital de $10.000.000 se debe cancelar $176.000.
•Obtener copia del certificado de existencia y representación legal de la sociedad.
•Luego de haber realizado la inscripción, usted podrá solicitar a la Cámara de Comercio, el certificado de existencia y representación, es un documento que le permite al comerciante o sociedad realizar algunos trámites (inscripción ante la administración de impuestos, industria y comercio, etc.) o simplemente acreditar su matrícula en el registro mercantil.
REGISTRO DE LIBROS DE COMERCIO:
Están compuestos por los libros de contabilidad, libros de actas, libros de registro de aportes, comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones.
Una vez matriculada la sociedad o empresa, el propietario de esta o el representante legal debe presentar y solicitar el registro de los libros de comercio, con carta dirigida a la Cámara de Comercio y diligenciar el formulario de solicitud respectivo. Los libros son los siguientes:
•Libro auxiliar: se lleva para registrar detalladamente en orden cronológico las cuentas principales, totalizando débitos, créditos y saldo que pasa al final de cada período al libro diario y al libro mayor, este libro no requiere ser registrado en la Cámara de Comercio.
•Libro caja - diario: en este libro se pasan las operaciones contables en orden cronológico, en forma individual o por resúmenes que no excedan de un mes.
•Libro mayor: en este libro se pasan las operaciones por cuentas utilizando el sistema de partida doble; permitiendo establecer el resumen mensual de todas las operaciones para cada cuenta.
•Libro inventario y balance: se debe hacer un inventario y un balance general al iniciar sus actividades y por lo menos una vez cada año para conocer en forma clara y completa la situación del patrimonio.
•Libro de accionistas: en el se escriben las acciones, anotando el título, el número y la fecha de inscripción, al igual que los cambios de propietario.
•Libro de actas: los libros de actas pueden ser de dos clases: libros de actas de asamblea de socios y libro de acta de junta directiva. El primero lo deben llevar todas las sociedades, el segundo solo en las que posean junta directiva.
En los libros de actas, deben anotarse en orden cronológico las actas de las reuniones, las cuales deberán ser firmadas por el secretario y presidente de la reunión.
La primera hoja de cada libro debe presentarse rotulados (marcados) a lápiz en la parte superior con el nombre de la sociedad y la destinación que se dará a cada libro, así como numerarse consecutivamente y no tener ningún registro contable.
Los pasos a seguir en la Cámara de Comercio:
•Llevar el formato, la carta y los libros en cualquier taquilla de la Cámara de Comercio.
•Pagar los derechos de inscripción de los libros. Al momento de cancelar le entregarán el recibo de pago con el cual podrá reclamar los libros registrados, en la fecha que allí se indica. Actualmente cada libro tiene un costo de $15.000.
•Cuando le entreguen los libros, verifique que la primera página de cada libro registrado este sellado por la Cámara de Comercio y rubricadas todas las demás.
IR A LA DIAN:
Ir a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que obtenga el número de identificación tributaria (NIT), el cual es necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales. Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el municipio donde se está domiciliado. Pasos a seguir:
•Con el certificado de existencia y representación que solicite en la Cámara de Comercio, diríjase a la DIAN y solicite el formulario de RUT (registro único tributario), por medio del cual se puede realizar los siguientes trámites, entre otros:
o Asignación de NIT
o Inscripción en el registro de vendedores si es responsable de IVA.
•Una vez adquirido y diligenciado el formulario, preséntese ante la DIAN, con los siguientes documentos:
o Formulario de RUT diligenciado en original y dos copias.
o Copia de la escritura pública de constitución.
o Certificado de existencia y representación, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no mayor a tres meses antes de su presentación.
o Fotocopia de la cédula del representante legal.
El registro de Impuestos sobre las ventas (IVA), se puede hacer en el momento de realizar la solicitud del NIT. Los responsables del régimen simplificado no tienen obligación de declarar el IVA, los responsables del régimen común deben hacerlo bimestralmente en las fechas que indique el calendario tributario, el cual puede adquirir directamente en la DIAN.
Simultáneamente con la solicitud del formulario RUT, usted puede solicitar el formulario para que la DIAN le autorice la numeración para las facturas que usará en su negocio.
AFILIACIÓN A LA ASEGURADORA DE RIESGOS PROFESIONALES (ARP):
Algunas de ellas son: el ISS, Colmena, Suratep, entre otros. Los pasos a seguir son:
Una vez elegida la ARP, el empleador debe llenar una solicitud de vinculación de la empresa al sistema general de riesgos pr5ofesionales, la cual es suministrada sin ningún costo por la ARP, dependiendo el grado y la clase de riesgo de las actividades de la empresa, ellos establecen la tarifa de riesgo la cual es un porcentaje total de la nómina y debe ser asumida por el empleador, dicho valor se debe pagar cada mes.
Adicionalmente debe vincular a cada trabajador, llenando la solicitud de vinculación del trabajador al sistema general de riesgos profesionales.
RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL:
Usted deberá inscribir a alguna entidad promotora de salud (EPS) a todos sus trabajadores, los empleados podrán elegir libremente a que entidad desean vincularse (Coomeva, Susalud, Cafesalud, Cruz Blanca, entre otras). Una vez elegida el empleador deberá adelantar el proceso de afiliación tanto de la empresa como para el trabajador, mediante la diligenciación de los formularios, los cuales son suministrados en la EPS elegida.
El formulario de afiliación del trabajador deberá diligenciarse en original y dos copias, el original es para la EPS, una copia para el empleador y la otra para el trabajador.
El porcentaje total de aportes a salud es de un 12% del salario devengado por el trabajador. El valor resultante se divide en tres partes iguales, de las cuales el trabajador debe pagar una y el empleador las dos restantes.
FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS:
El empleador debe afiliar a todos los miembros de la empresa al fondo de pensiones, el cual el trabajador podrá elegir. Una vez elegido se llena la solicitud de vinculación, la cual se la suministra el fondo.
Ya vinculado se debe pagar mensualmente el 13.5% del salario devengado por el trabajador, dicho valor se divide en cuatro y de estas el empleador paga tres y una el trabajador.
APORTES PARAFISCALES
Son pagos a que está obligado todo empleador a cancelar sobre el valor de la nómina mensual a través de las cajas de compensación familiar para: Subsidio familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y SENA.
Para realizar la respectiva inscripción, se debe adquirir un formulario en la Caja donde desea afiliarse (Comfama o Confenalco), donde le entregarán adjunto el formulario de afiliación al ICBF y al SENA.
Los pasos para la afiliación de la empresa son:
•Presentar solicitud escrita, suministrada por la Caja de Compensación Familiar, donde conste: domicilio, NIT, información sobre si estaba afiliado o no a alguna caja de compensación familiar. A la solicitud se le debe anexar lo siguiente:
o Fotocopia de la cédula si es persona natural
o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona jurídica.
o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula, nombre completo y salario actual.
o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa.
o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo.
•Para afiliar al trabajador debe:
o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente diligenciado.
o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que tengan a cargo trabajadores.
•Una vez esté en la Caja de Compensación Familiar elegida, debe pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al 9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente:
o 2% para el SENA.
o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
o 4% para la Caja de Compensación Familiar.
jueves, 13 de mayo de 2010
....ReFlExIóN....
MAESTROS.
Camina de la mano de tu alumno.
Indúcelo por la senda del saber,
apórtale elementos y enséñale a aprender.
En tu misión inspirate en la naturaleza,
quien lleva su proceso sin aceleración.
Contigo el estudiante se iniciará en la ciencia y
ten presente que lo marcas con tus actos y con tu trato.
Él te contagiará de su alegría,
volverás a vivir los ratos de tu infancia,
soñarás y vibrarás como un adolescente.
Él no te permitirá sentir amargura,
aunque tu piel se aje y te salgan canas
jamás de los jamases podrás envejecer.
Camina de la mano de tu alumno.
Indúcelo por la senda del saber,
apórtale elementos y enséñale a aprender.
En tu misión inspirate en la naturaleza,
quien lleva su proceso sin aceleración.
Contigo el estudiante se iniciará en la ciencia y
ten presente que lo marcas con tus actos y con tu trato.
Él te contagiará de su alegría,
volverás a vivir los ratos de tu infancia,
soñarás y vibrarás como un adolescente.
Él no te permitirá sentir amargura,
aunque tu piel se aje y te salgan canas
jamás de los jamases podrás envejecer.
jueves, 25 de marzo de 2010
Guias!!!!
BANCOS.
SE CARGA:
POR LOS DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES BANCARIAS EN CUENTA DE CHEQUES.
DE LOS DEPÓSITOS QUE SE HAGAN EN BILLETES, GIROS POSTALES, GIROS TELEGRÁFICOS, GIROS BANCARIOS, MONEDAS.
DE LOS INTERESES O COBROS QUE NOS PAGA EL BANCO.
SE ABONA:
POR LOS CHEQUES EXPEDIDOS O SEA LA CANTIDAD QUE SE RETIRA DEL BANCO EN PAGO DE COMPROMISOS PROPIOS DEL NEGOCIO.
POR LAS CANTIDADES QUE NOS CARGAN EN EL BANCO POR CONCEPTO DE COMISIONES, INTERESES, ETC.
CLIENTES.
SE CARGA:
POR LAS CANTIDADES QUE ADEUDAN LOS CLIENTES.
DEL IMPORTE DE LAS MERCANCÍAS QUE SE CONTINÚAN VENDIENDO A CRÉDITO.
SE ABONA:
DEL IMPORTE DE LAS DEVOLUCIONES QUE HAGAN LOS CLIENTES.
DE LAS REBAJAS QUE SE AUTORICEN DE LOS DESCUENTOS QUE SE LES CONCEDE POR PRONTO PAGO DE SU ADEUDO.
DE LAS CANTIDADES QUE PREVIO ESTUDIO SE CONSIDEREN INCOBRABLES.
DOCUMENTOS POR COBRAR.
SE CARGA:
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS POR COBRAR AL INICIARSE EL EJERCICIO.
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS QUE SE RECIBEN PARA SER COBRADOS A LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.
SE ABONA:
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS QUE HAN SIDO COBRADOS O CANCELADOS.
DEUDORES DIVERSOS
SE CARGA:
POR LAS CANTIDADES QUE LES PRESTE A LOS DEUDORES.
POR ANTICIPO A CUENTA DE SALARIOS, COMISIONES O ENTREGA DE NUMERARIOS PENDIENTE DE COBRAR.
SE ABONA:
POR LOS COBROS EFECTUADOS A LOS DEUDORES.
POR LOS VALORES DE LOS DOCUMENTOS QUE NOS ENDOSEN.
POR LOS DESCUENTOS QUE SE LES CONCEDAN EL PAGO ANTICIPADO DE SU DEUDA.
ALMACEN DE MERCANCÍAS.
SE CARGA:
DEL COSTO DEL INVENTARIO INICIAL DE MERCANCÍAS.
DE LAS NUEVAS ADQUISICIONES QUE SE HAGAN A PRECIO DE COSTO.
DEL IMPORTE DE GASTOS SOBRE COMPRAS.
DEL COSTO DE LAS MERCANCÍAS RECIBIDAS DE LOS CLIENTES POR CONCEPTO DE DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS.
SE ABONA:
DEL PRECIO DE COSTO DE LA MERCANCÍA VENDIDA.
DEL PRECIO DE COSTO DE LA MERCANCÍA DEVUELTA A LOS PROVEEDORES.
DEL IMPORTE DE LAS REBAJAS SOBRE COMPRAS OBTENIDAS DE LOS PROVEEDORES.
I.V.A. POR ACREDITAR.
SE CARGA:
POR EL IMPUESTO GRAVADO POR ESTE CONCEPTO DE ACUERDO CON LAS FACTURAS EXPEDIDAS POR NUESTROS PROVEEDORES DEVIDAMENTE LEGALIZADAS.
POR EL IMPORTE DEL I.V.A. QUE NOS TRASLADAN EN PAGO DE SERVICIOS Y GASTOS.
MOBILIARIO Y EQUIPO.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICIÓN DEL EQUIPO DE OFICINA, SEGÚN FACTURAS.
SE ABONA:
POR EL COSTO DE EQUIPO DE OFICINA DADO DE BAJA POR VENTA O DESTRUCCIÓN.
EQUIPO DE TRANSPORTE.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICION DE CUALQUIER CLASE DE EQUIPO DE TRANSPORTE.
SE ABONA:
POR EL EQUIPO DE TRANSPORTE DADO DE BAJA POR VENTA O DESTRUCCIÓN.
EDIFICIOS.
SE CARGA:
POR EL VALOR DE ADQUISICIÓN DE EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES, SEGÚN ESCRITURAS NOTARIALES Y CONTRATOS DE COMPRAVENTA.
POR EL IMPORTE DE LAS MEJORAS Y AMPLIACIONES QUE AUMENTEN EL VALOS DE LOS EDIFICIOS Y COSTRUCCIONES.
SE ABONA:
DEL COSTO DE ADQUISICIÓN O DE CONSTRUCCIÓN ( INCLUYENDO EL DE MEJORAS Y AMPLIACIONES ) DE LOS EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES VENDIDOS O DEMOLIDOS.
MAQUINARIA Y EQUIPO.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICION DE LA MAQUINARIA, SEGÚN FACTURAS.
SE ABONA:
POR EL COSTO DE LA MAQUINARIA DADA DE BAJA POR OBSOLETA.
GASTOS DE INSTALACIÓN.
SE CARGA:
POR LOS GASTOS INCURRIDOS EN LAS INSTALACIONES Y ADAPTACIONES PARA QUEDAR INCORPORADAS A LOS INMUEBLES DE MANERA TAL QUE NO SON REMOVIBLES O QUE SIÉNDOLO DETERMINAN INCOSTEABILIDAD Y EN
CONSECUENCIA EN AMBOS CASOS U GRADO DE RECUPERACIÓN MÍNIMO O NULO.
SE ABONA:
POR EL VALOSR DE LAS ADAPTACIONES E INSTALACIONES TOTALMENTE DEPRECIADAS O AMORTIZADAS DEJANDO EL IMPORTE QUE LA LEY DEL IMPUESTO O SU REGLAMENTO SEÑALE.
PRIMAS DE SEGURO PAGADAS POR ANTICIPADO.
SE CARGA:
POR EL VALOR DE LOS PAGOS EFECTUADOS A LAS CON LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS POR CONCEPTO DE PRIMAS SOBRE CONTRATOS DE SEGUROS.
SE ABONA:
POR EL VALOR DE DICHAS PRIMAS SE HAYAN VENCIDO DURANTE EL EJERCICIO.
POR EL IMPORTE DE SU SALDO PARA SALDARLA.
PROVEEDORES.
SE CARGA:
POR EL PAGA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR LOS CONCEPTOS INDICADOS.
POR LOS TRASPASOS POR ACEPTACIONES DE TÍTULOS DE CRÉDITO A LA CUENTA DOCUMENTOS POR PAGAR.
POR LAS REBAJAS, BONIFICACIONES Y DESCUENTOS POR PAGO ANTICIPADO.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS OBLIUGACIONES CONTRAIDAS POR LA ADQUISICIÓN A CRÉDITO DE MERCANCÍAS, MATERIALES, ETC. PARA LAS ACTIVIDADES PROPIAS Y NORMALES DEL CONTRIBUYENTE.
ACREEDORES DIVERSOS.
SE CARGA:
POR LAS LIQUIDACIONES PARCIALES O TOTALES QUE SE HAGAN A LOS ACREEDORES.
POR SUSCRIPCIÓN Y/O ACEPTACIÓN DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARES.
POR EL DESCUENTO CONCEDIDO POR LOA ACREEDORES.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS OBLIGACIONES NO DOCUMENTADAS, NO CONTRAIDAS POR EMPRESA, PPOR CONCEPTOS U OPERACIONES DISTINTAS A LAS DE LA CUENTA DE PROVEEDORES.
IMPUESTOS POR PAGAR.
SE CARGA:
POR LOS PAGOS DE LOS SALDOS PENDIENTES O EN SU CASO DEL TOTAL,AL PRESENTAR LAS DECLARACIONES O MANIFESTACIONES CORRESPONDIENTES.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS A CARGO DE LA EMPRESA, SEGÚN CÁLCULOS EFECTUADOS.
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS RETENIDOS AL PERSONAL DE LA EMPRESA.
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS RETENIDOS CON MOTIVO DE LAS OPERACIONES AUTORIZADAS.
CAPITAL SOCIAL.
SE CARGA:
POR EL IMPORTE DE LOS RETIROS QUE HAGA EL PROPIETARIO O SOCIOS EN FORMA DEFINITIVA.
POR PÉRDIDAS EN LAS QUE SE DETERMINA DISMINUCIÓN DE CAPITAL
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LA INVERSIÓN EFECTUADA POR LOS SOCIOS DE LA EMPRESA.
POR EL IMPORTE DE LAS NUEVAS APORTACIONES DEL PROPIETARIO O SOCIOS.
POR EL IMPORTE DE LA CAPITALIZACIÓN DE UTILIDADES POR ACUERDO DEL PROPIETARIO O SOCIOS.
UTILIDAD DEL EJERCICIO.
SE CARGA:
DE LA APLICACIÓN DE LA UTILIDAD SEGÚN ACUERDO DEL DUEÑO O DUEÑOS DEL NEGOCIO.
SE ABONA:
POR LA UTILIDAD NETA CONTABLE DE CADA EJERCICIO.
VENTAS.
SE CARGA:
POR EL IMPORTE DEL PRECIO EN QUE FUE VENDIDA LA MERCANCÍA Y QUE ES DEVUELTA POR EL CLIENTE.
POR EL IMPORTE DE LAS REBAJAS SOBRE VENTAS CONCEDIDAS A LOS CLIENTE
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS MERCANCÍAS VENDIDAS A PRECIO DE VENTA.
COSTO DE VENTAS.
SE CARGA:
DEL PRECIO DEL COSTO DE LA MERCANCÍA VENDIDA.
SE ABONA:
DEL PRECIO DEL COSTO DE LA MERCANCÍA RECIBIDA DE LOS CLIENTES POR CONCEPTO DE DEVOLUCION.
GASTOS DE VENTA.
SE CARGA:
POR TODOS LOS GASTOS INCURRIDOS EN EL DEPARTAMENTO DE VENTAS, SEGÚN COMPROBANTES FISCALES.
SE ABONA:
POR EL TRASPASO A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS AL CIERRE DEL EJERCICIO.
SE CARGA:
POR LOS DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES BANCARIAS EN CUENTA DE CHEQUES.
DE LOS DEPÓSITOS QUE SE HAGAN EN BILLETES, GIROS POSTALES, GIROS TELEGRÁFICOS, GIROS BANCARIOS, MONEDAS.
DE LOS INTERESES O COBROS QUE NOS PAGA EL BANCO.
SE ABONA:
POR LOS CHEQUES EXPEDIDOS O SEA LA CANTIDAD QUE SE RETIRA DEL BANCO EN PAGO DE COMPROMISOS PROPIOS DEL NEGOCIO.
POR LAS CANTIDADES QUE NOS CARGAN EN EL BANCO POR CONCEPTO DE COMISIONES, INTERESES, ETC.
CLIENTES.
SE CARGA:
POR LAS CANTIDADES QUE ADEUDAN LOS CLIENTES.
DEL IMPORTE DE LAS MERCANCÍAS QUE SE CONTINÚAN VENDIENDO A CRÉDITO.
SE ABONA:
DEL IMPORTE DE LAS DEVOLUCIONES QUE HAGAN LOS CLIENTES.
DE LAS REBAJAS QUE SE AUTORICEN DE LOS DESCUENTOS QUE SE LES CONCEDE POR PRONTO PAGO DE SU ADEUDO.
DE LAS CANTIDADES QUE PREVIO ESTUDIO SE CONSIDEREN INCOBRABLES.
DOCUMENTOS POR COBRAR.
SE CARGA:
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS POR COBRAR AL INICIARSE EL EJERCICIO.
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS QUE SE RECIBEN PARA SER COBRADOS A LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.
SE ABONA:
POR EL VALOR NOMINAL DE LOS DOCUMENTOS QUE HAN SIDO COBRADOS O CANCELADOS.
DEUDORES DIVERSOS
SE CARGA:
POR LAS CANTIDADES QUE LES PRESTE A LOS DEUDORES.
POR ANTICIPO A CUENTA DE SALARIOS, COMISIONES O ENTREGA DE NUMERARIOS PENDIENTE DE COBRAR.
SE ABONA:
POR LOS COBROS EFECTUADOS A LOS DEUDORES.
POR LOS VALORES DE LOS DOCUMENTOS QUE NOS ENDOSEN.
POR LOS DESCUENTOS QUE SE LES CONCEDAN EL PAGO ANTICIPADO DE SU DEUDA.
ALMACEN DE MERCANCÍAS.
SE CARGA:
DEL COSTO DEL INVENTARIO INICIAL DE MERCANCÍAS.
DE LAS NUEVAS ADQUISICIONES QUE SE HAGAN A PRECIO DE COSTO.
DEL IMPORTE DE GASTOS SOBRE COMPRAS.
DEL COSTO DE LAS MERCANCÍAS RECIBIDAS DE LOS CLIENTES POR CONCEPTO DE DEVOLUCIONES SOBRE VENTAS.
SE ABONA:
DEL PRECIO DE COSTO DE LA MERCANCÍA VENDIDA.
DEL PRECIO DE COSTO DE LA MERCANCÍA DEVUELTA A LOS PROVEEDORES.
DEL IMPORTE DE LAS REBAJAS SOBRE COMPRAS OBTENIDAS DE LOS PROVEEDORES.
I.V.A. POR ACREDITAR.
SE CARGA:
POR EL IMPUESTO GRAVADO POR ESTE CONCEPTO DE ACUERDO CON LAS FACTURAS EXPEDIDAS POR NUESTROS PROVEEDORES DEVIDAMENTE LEGALIZADAS.
POR EL IMPORTE DEL I.V.A. QUE NOS TRASLADAN EN PAGO DE SERVICIOS Y GASTOS.
MOBILIARIO Y EQUIPO.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICIÓN DEL EQUIPO DE OFICINA, SEGÚN FACTURAS.
SE ABONA:
POR EL COSTO DE EQUIPO DE OFICINA DADO DE BAJA POR VENTA O DESTRUCCIÓN.
EQUIPO DE TRANSPORTE.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICION DE CUALQUIER CLASE DE EQUIPO DE TRANSPORTE.
SE ABONA:
POR EL EQUIPO DE TRANSPORTE DADO DE BAJA POR VENTA O DESTRUCCIÓN.
EDIFICIOS.
SE CARGA:
POR EL VALOR DE ADQUISICIÓN DE EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES, SEGÚN ESCRITURAS NOTARIALES Y CONTRATOS DE COMPRAVENTA.
POR EL IMPORTE DE LAS MEJORAS Y AMPLIACIONES QUE AUMENTEN EL VALOS DE LOS EDIFICIOS Y COSTRUCCIONES.
SE ABONA:
DEL COSTO DE ADQUISICIÓN O DE CONSTRUCCIÓN ( INCLUYENDO EL DE MEJORAS Y AMPLIACIONES ) DE LOS EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES VENDIDOS O DEMOLIDOS.
MAQUINARIA Y EQUIPO.
SE CARGA:
POR EL COSTO DE ADQUISICION DE LA MAQUINARIA, SEGÚN FACTURAS.
SE ABONA:
POR EL COSTO DE LA MAQUINARIA DADA DE BAJA POR OBSOLETA.
GASTOS DE INSTALACIÓN.
SE CARGA:
POR LOS GASTOS INCURRIDOS EN LAS INSTALACIONES Y ADAPTACIONES PARA QUEDAR INCORPORADAS A LOS INMUEBLES DE MANERA TAL QUE NO SON REMOVIBLES O QUE SIÉNDOLO DETERMINAN INCOSTEABILIDAD Y EN
CONSECUENCIA EN AMBOS CASOS U GRADO DE RECUPERACIÓN MÍNIMO O NULO.
SE ABONA:
POR EL VALOSR DE LAS ADAPTACIONES E INSTALACIONES TOTALMENTE DEPRECIADAS O AMORTIZADAS DEJANDO EL IMPORTE QUE LA LEY DEL IMPUESTO O SU REGLAMENTO SEÑALE.
PRIMAS DE SEGURO PAGADAS POR ANTICIPADO.
SE CARGA:
POR EL VALOR DE LOS PAGOS EFECTUADOS A LAS CON LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS POR CONCEPTO DE PRIMAS SOBRE CONTRATOS DE SEGUROS.
SE ABONA:
POR EL VALOR DE DICHAS PRIMAS SE HAYAN VENCIDO DURANTE EL EJERCICIO.
POR EL IMPORTE DE SU SALDO PARA SALDARLA.
PROVEEDORES.
SE CARGA:
POR EL PAGA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR LOS CONCEPTOS INDICADOS.
POR LOS TRASPASOS POR ACEPTACIONES DE TÍTULOS DE CRÉDITO A LA CUENTA DOCUMENTOS POR PAGAR.
POR LAS REBAJAS, BONIFICACIONES Y DESCUENTOS POR PAGO ANTICIPADO.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS OBLIUGACIONES CONTRAIDAS POR LA ADQUISICIÓN A CRÉDITO DE MERCANCÍAS, MATERIALES, ETC. PARA LAS ACTIVIDADES PROPIAS Y NORMALES DEL CONTRIBUYENTE.
ACREEDORES DIVERSOS.
SE CARGA:
POR LAS LIQUIDACIONES PARCIALES O TOTALES QUE SE HAGAN A LOS ACREEDORES.
POR SUSCRIPCIÓN Y/O ACEPTACIÓN DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARES.
POR EL DESCUENTO CONCEDIDO POR LOA ACREEDORES.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS OBLIGACIONES NO DOCUMENTADAS, NO CONTRAIDAS POR EMPRESA, PPOR CONCEPTOS U OPERACIONES DISTINTAS A LAS DE LA CUENTA DE PROVEEDORES.
IMPUESTOS POR PAGAR.
SE CARGA:
POR LOS PAGOS DE LOS SALDOS PENDIENTES O EN SU CASO DEL TOTAL,AL PRESENTAR LAS DECLARACIONES O MANIFESTACIONES CORRESPONDIENTES.
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS A CARGO DE LA EMPRESA, SEGÚN CÁLCULOS EFECTUADOS.
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS RETENIDOS AL PERSONAL DE LA EMPRESA.
POR EL IMPORTE DE LOS IMPUESTOS RETENIDOS CON MOTIVO DE LAS OPERACIONES AUTORIZADAS.
CAPITAL SOCIAL.
SE CARGA:
POR EL IMPORTE DE LOS RETIROS QUE HAGA EL PROPIETARIO O SOCIOS EN FORMA DEFINITIVA.
POR PÉRDIDAS EN LAS QUE SE DETERMINA DISMINUCIÓN DE CAPITAL
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LA INVERSIÓN EFECTUADA POR LOS SOCIOS DE LA EMPRESA.
POR EL IMPORTE DE LAS NUEVAS APORTACIONES DEL PROPIETARIO O SOCIOS.
POR EL IMPORTE DE LA CAPITALIZACIÓN DE UTILIDADES POR ACUERDO DEL PROPIETARIO O SOCIOS.
UTILIDAD DEL EJERCICIO.
SE CARGA:
DE LA APLICACIÓN DE LA UTILIDAD SEGÚN ACUERDO DEL DUEÑO O DUEÑOS DEL NEGOCIO.
SE ABONA:
POR LA UTILIDAD NETA CONTABLE DE CADA EJERCICIO.
VENTAS.
SE CARGA:
POR EL IMPORTE DEL PRECIO EN QUE FUE VENDIDA LA MERCANCÍA Y QUE ES DEVUELTA POR EL CLIENTE.
POR EL IMPORTE DE LAS REBAJAS SOBRE VENTAS CONCEDIDAS A LOS CLIENTE
SE ABONA:
POR EL IMPORTE DE LAS MERCANCÍAS VENDIDAS A PRECIO DE VENTA.
COSTO DE VENTAS.
SE CARGA:
DEL PRECIO DEL COSTO DE LA MERCANCÍA VENDIDA.
SE ABONA:
DEL PRECIO DEL COSTO DE LA MERCANCÍA RECIBIDA DE LOS CLIENTES POR CONCEPTO DE DEVOLUCION.
GASTOS DE VENTA.
SE CARGA:
POR TODOS LOS GASTOS INCURRIDOS EN EL DEPARTAMENTO DE VENTAS, SEGÚN COMPROBANTES FISCALES.
SE ABONA:
POR EL TRASPASO A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS AL CIERRE DEL EJERCICIO.
miércoles, 24 de marzo de 2010
Telleres!!!! // Contabilidad//
Ejemplo :
Los aprendices ltda se dedican ala comercialización de televisores con las siguientes
transacciones
Bancos.....$60'000.000
inversionistas ....$80'.000.000
clientes.....$70'000.000
equipo de oficina....$ 40'000.000
depreciación acumulada....$10'000.000
obligaciones ...$38'000.000
capital....$70'000.000
proveedores....$28'000.000
utilidades acumulada...$104'000.000
SOLUCIÓN
ACTIVOS PASIVOS
bancos....$60'000.000 obligaciones
inversiones...$80'000.000 bancarias 38'000.000
clientes..$70'000.000 proveedores
eq. oficina..$40'000.000 nacionales..$28'000.000
depresiacion acumulada...$10'000.000
_________________________________ _________________________
Total Activos 240'000.000 Total pasivos 66'000.000
PATRIMONIO
Capital ....$70'000.000
utilidad....$104'000.000
tatal patrimonio....$174'000.000
Total pasivos $66'000.000
tota activos $240'000.000
total patrimonio $348'000.000
_______________________________
Total de 645'000.000 R//.
Los aprendices ltda se dedican ala comercialización de televisores con las siguientes
transacciones
Bancos.....$60'000.000
inversionistas ....$80'.000.000
clientes.....$70'000.000
equipo de oficina....$ 40'000.000
depreciación acumulada....$10'000.000
obligaciones ...$38'000.000
capital....$70'000.000
proveedores....$28'000.000
utilidades acumulada...$104'000.000
SOLUCIÓN
ACTIVOS PASIVOS
bancos....$60'000.000 obligaciones
inversiones...$80'000.000 bancarias 38'000.000
clientes..$70'000.000 proveedores
eq. oficina..$40'000.000 nacionales..$28'000.000
depresiacion acumulada...$10'000.000
_________________________________ _________________________
Total Activos 240'000.000 Total pasivos 66'000.000
PATRIMONIO
Capital ....$70'000.000
utilidad....$104'000.000
tatal patrimonio....$174'000.000
Total pasivos $66'000.000
tota activos $240'000.000
total patrimonio $348'000.000
_______________________________
Total de 645'000.000 R//.
Taller!!!!
1.Oracion
2.reflexion talentos
3. contenidos MT
4 objetivos y logros de las competencias y especificas.
Solución
1.Ni la intimidad de tu frente clara como una fiesta
ni la privanza de tu cuerpo, aún misterioso y tácito y de niña,
ni la sucesión de tu vida situándose en palabras o acallamiento
serán favor tan persuasivo de ideas
como el mirar tu sueño implicado
en la vigilia de mis ávidos brazos.
2. Reflexion:
Mirar el río hecho de tiempo y agua
y recordar que el tiempo es otro río,
saber que nos perdemos como el río
y que los rostros pasan como el agua.
3.* apreciar y utilizar
* multiplicar-adquirir
*emprendedores
* personas integrantes-trivialidades
*aprovechar y aprender
* dar al máximo aprovechar calidad de vida
* buscar nuevo camino
*perseverancia
*arriesgado
D--- Debilidades
O---Oportunidades
F---Fortalezas
A---Amenazas
Ocupación a Desempeñar!
*asistente de contabilidad
*auxiliar contable
*auxiliar de compras e inventario
*auxiliar de cobranza
*auxiliar de personal y recursos humanos
*auxiliar de costo
*auxiliar de contabilidad publica
*auxiliar de presupuesto publico
*auxiliar de nomina y prestaciones sociales
Perfil aprendiz del sena
Competencias motivacionales
*desarrollar los sentimiento de sensibilidad humana frente la sociedad
*comprometerse con el desarrollo de su proyecto de vida
* desarrollar la curiosidad y su autoestima individual y colectiva
*competencias éticas
*ser responsable , puntual y cumplidor de las actividades de la media tecnica
*ser críticos reflexionar argumentar tener propositos de nuevas acciones y procedimientos
* con estos ser honestos respetuosos honrados
*capacidad para resolver problemas
*actitud hacia el trabajo
*concerbacion y respeto del medio ambiente
2.reflexion talentos
3. contenidos MT
4 objetivos y logros de las competencias y especificas.
Solución
1.Ni la intimidad de tu frente clara como una fiesta
ni la privanza de tu cuerpo, aún misterioso y tácito y de niña,
ni la sucesión de tu vida situándose en palabras o acallamiento
serán favor tan persuasivo de ideas
como el mirar tu sueño implicado
en la vigilia de mis ávidos brazos.
2. Reflexion:
Mirar el río hecho de tiempo y agua
y recordar que el tiempo es otro río,
saber que nos perdemos como el río
y que los rostros pasan como el agua.
3.* apreciar y utilizar
* multiplicar-adquirir
*emprendedores
* personas integrantes-trivialidades
*aprovechar y aprender
* dar al máximo aprovechar calidad de vida
* buscar nuevo camino
*perseverancia
*arriesgado
D--- Debilidades
O---Oportunidades
F---Fortalezas
A---Amenazas
Ocupación a Desempeñar!
*asistente de contabilidad
*auxiliar contable
*auxiliar de compras e inventario
*auxiliar de cobranza
*auxiliar de personal y recursos humanos
*auxiliar de costo
*auxiliar de contabilidad publica
*auxiliar de presupuesto publico
*auxiliar de nomina y prestaciones sociales
Perfil aprendiz del sena
Competencias motivacionales
*desarrollar los sentimiento de sensibilidad humana frente la sociedad
*comprometerse con el desarrollo de su proyecto de vida
* desarrollar la curiosidad y su autoestima individual y colectiva
*competencias éticas
*ser responsable , puntual y cumplidor de las actividades de la media tecnica
*ser críticos reflexionar argumentar tener propositos de nuevas acciones y procedimientos
* con estos ser honestos respetuosos honrados
*capacidad para resolver problemas
*actitud hacia el trabajo
*concerbacion y respeto del medio ambiente
Objetivo General!!!!
Objetivo general : determina la importancia del manejo del talento humano y definit los medios que desarrollan sus potencialidades para alcanzar los objetivos de la empresa!
Logros:
1.reconocer la importancia del talento humano en la empresa
2.definir estrategias para llevar a cabo el proceso de contratación de personal
3.elaborar un plan de necesidades de personal
4.preparar instrumentos para medir el desempeño del trabajador
Los principios de las relaciones humanas!
1. hable a las personas amablemente
2.sonria a la gente
3.hable alas personas por su nombre
4.sea amigable y cortez
5.sea cordial y actué como si todo es placer
6.intereses en las personas
7.sea generoso resaltando las cualidades,cuidado en mostrar defectos
8.considere los sentimientos ajenos
9.en toda controversia existen 3 opiniones la del otro,la suya ,y la correcta
10. este dispuesto al servicio
Logros:
1.reconocer la importancia del talento humano en la empresa
2.definir estrategias para llevar a cabo el proceso de contratación de personal
3.elaborar un plan de necesidades de personal
4.preparar instrumentos para medir el desempeño del trabajador
Los principios de las relaciones humanas!
1. hable a las personas amablemente
2.sonria a la gente
3.hable alas personas por su nombre
4.sea amigable y cortez
5.sea cordial y actué como si todo es placer
6.intereses en las personas
7.sea generoso resaltando las cualidades,cuidado en mostrar defectos
8.considere los sentimientos ajenos
9.en toda controversia existen 3 opiniones la del otro,la suya ,y la correcta
10. este dispuesto al servicio
jueves, 18 de marzo de 2010
Noticia Económica!!!!
EMERGENCIA SOCIAL.
Emergencia Social prácticamente elimina servicios que están fuera de los planes de salud (POS)
Decretos plantean que pacientes paguen por estos servicios con su patrimonio, cesantías, ahorros pensionales e incluso préstamos bancarios. Se bloquearían tutelas.
Aunque la Emergencia Social se generó para buscar recursos conducentes a subsanar déficits del sector salud, algunos de los diez decretos dados a conocer contienen reformas sustanciales al sistema de salud. Algunas de ellas generarán, sin duda, controversia.
La primera está contenida en el decreto 128, que les cambia el nombre a los servicios no POS por el de "prestaciones excepcionales en salud".
Este decreto define tales prestaciones como servicios de salud extraordinarios, que deben ser autorizados por un comité técnico, que también crea la norma.
Hasta hoy estos servicios, a los que acceden los pacientes vía tutela, son cubiertos por el sistema de salud.
El 128 establece que dichas "prestaciones excepcionales" deberán ser financiadas, total o parcialmente, por los afiliados que las soliciten. Con ese fin, éstos serán objeto de un análisis exhaustivo de sus ingresos y de su patrimonio individual y familiar.
Para los casos de pacientes que no tengan solvencia económica, se abre la posibilidad de que paguen el servicio médico con sus cesantías, los ahorros pensionales e incluso con préstamos bancarios.
Para los casos de ciudadanos que carezcan por completo de recursos, se creó un fondo específico (Fonprés), que subsidiará dichos gastos. Sin embargo, el decreto deja sentado que éste sólo cubrirá dichos gastos hasta que la plata del Fondo alcance.
El decreto 131, por otra parte, reforma la Ley 100 y redefine el concepto de POS. En adelante, éste prioriza la atención de baja complejidad en medicina y odontología general y sólo permitirá el manejo por especialistas "cuando se cuente con la evidencia científica" y no se afecten los costos del sistema de salud.
De paso, esta norma restringe la posibilidad de interponer tutelas al fijar sanciones de hasta 50 salarios mínimos mensuales a los médicos u odontólogos que formulen por fuera del POS establecido.
Empiezan las reacciones
Frente a la expedición de estos decretos, Juan Carlos Giraldo, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, aseguró que se trata de una reforma improvisada del sistema de salud, que afecta negativamente el derecho a la salud de los colombianos: "Es tan regresiva, que no parece una reforma hecha por Álvaro Uribe", dijo Giraldo.
Por su parte, Javier Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, afirmó que estas disposiciones generan zozobra, incertidumbre y temor para la práctica médica y odontológica en el país.
El vicepresidente de la misma Asociación, Rodrigo Córdoba, calificó de "salvaje" la reforma "que además complica los problemas estructurales del sector y les pone límites a los derechos de los pacientes".
Álvaro Cardona, decano de la Facultad Nacional de salud Pública de la Universidad de Antioquia, opina que "la reforma es un golpe de mano al Congreso de la República y a la Comisión de Regulación en Salud, y una bofetada a la atención en salud de la población no rica, que son la mayoría de los colombianos".
REDACCIÓN SALUD
Emergencia Social prácticamente elimina servicios que están fuera de los planes de salud (POS)
Decretos plantean que pacientes paguen por estos servicios con su patrimonio, cesantías, ahorros pensionales e incluso préstamos bancarios. Se bloquearían tutelas.
Aunque la Emergencia Social se generó para buscar recursos conducentes a subsanar déficits del sector salud, algunos de los diez decretos dados a conocer contienen reformas sustanciales al sistema de salud. Algunas de ellas generarán, sin duda, controversia.
La primera está contenida en el decreto 128, que les cambia el nombre a los servicios no POS por el de "prestaciones excepcionales en salud".
Este decreto define tales prestaciones como servicios de salud extraordinarios, que deben ser autorizados por un comité técnico, que también crea la norma.
Hasta hoy estos servicios, a los que acceden los pacientes vía tutela, son cubiertos por el sistema de salud.
El 128 establece que dichas "prestaciones excepcionales" deberán ser financiadas, total o parcialmente, por los afiliados que las soliciten. Con ese fin, éstos serán objeto de un análisis exhaustivo de sus ingresos y de su patrimonio individual y familiar.
Para los casos de pacientes que no tengan solvencia económica, se abre la posibilidad de que paguen el servicio médico con sus cesantías, los ahorros pensionales e incluso con préstamos bancarios.
Para los casos de ciudadanos que carezcan por completo de recursos, se creó un fondo específico (Fonprés), que subsidiará dichos gastos. Sin embargo, el decreto deja sentado que éste sólo cubrirá dichos gastos hasta que la plata del Fondo alcance.
El decreto 131, por otra parte, reforma la Ley 100 y redefine el concepto de POS. En adelante, éste prioriza la atención de baja complejidad en medicina y odontología general y sólo permitirá el manejo por especialistas "cuando se cuente con la evidencia científica" y no se afecten los costos del sistema de salud.
De paso, esta norma restringe la posibilidad de interponer tutelas al fijar sanciones de hasta 50 salarios mínimos mensuales a los médicos u odontólogos que formulen por fuera del POS establecido.
Empiezan las reacciones
Frente a la expedición de estos decretos, Juan Carlos Giraldo, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, aseguró que se trata de una reforma improvisada del sistema de salud, que afecta negativamente el derecho a la salud de los colombianos: "Es tan regresiva, que no parece una reforma hecha por Álvaro Uribe", dijo Giraldo.
Por su parte, Javier Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, afirmó que estas disposiciones generan zozobra, incertidumbre y temor para la práctica médica y odontológica en el país.
El vicepresidente de la misma Asociación, Rodrigo Córdoba, calificó de "salvaje" la reforma "que además complica los problemas estructurales del sector y les pone límites a los derechos de los pacientes".
Álvaro Cardona, decano de la Facultad Nacional de salud Pública de la Universidad de Antioquia, opina que "la reforma es un golpe de mano al Congreso de la República y a la Comisión de Regulación en Salud, y una bofetada a la atención en salud de la población no rica, que son la mayoría de los colombianos".
REDACCIÓN SALUD
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